El Vicerrectorado de Investigación asume la responsabilidad de la validación o reconocimiento y el Fondo Editorial asegurará que los libros cumplan con la normalización básica y pautas editoriales.

El Vicerrectorado de Investigación y el Fondo Editorial-EDUNI convocan a los integrantes de la comunidad académica de la Universidad Nacional de Ingeniería que consideren estar cumpliendo los requisitos establecidos por el Reglamento RENACYT a presentar sus libros para la correspondiente revisión por pares y ulterior publicación.

El Vicerrectorado de Investigación asume la responsabilidad de la validación o reconocimiento requerido por el Reglamento RENACYT, esto es acreditar que se trata del resultado de una investigación y organizar la revisión por pares.

El Fondo Editorial asegurará que los libros cumplan con la normalización básica y las pautas editoriales. Luego de la validación por parte del Vicerrectorado de Investigación procederá a la edición, incluyendo corrección, diagramación e impresión o, en su caso, publicación digital.

La presentación de los libros y las consultas respectivas deberán hacerse al correo jefatura.fondoeditorial@uni.edu.pe dónde los autores recibirán la orientación que necesiten.

 

A N E X O

Normas del reglamento Renacyt, promulgado mediante Resolución de Presidencia N° 090-2021-CONCYTEC-P, referidas a los libros de investigadores:

Artículo 5.4: “en cualquiera de los niveles, se considera investigador activo a aquel profesional que realiza actividad científica y/o tecnológica permanente (artículos científicos, registros de propiedad intelectual o paquetes tecnológicos, libros o capítulos de libro) en los tres años previos a su calificación y la evidencia a través del cumplimiento de los criterios señalados en la Tabla N° 2 del anexo N° 1 del presente Reglamento. En caso no se cumpla con esta condición, se considerará investigador no activo”.

Tabla 1 del anexo N° 1: Los investigadores pueden tener grado de doctor o magíster, título profesional, grado de bachiller, constancia de egresado o constancia de estudiante matriculado en instituciones de educación superior.

Indicadores correspondientes a los criterios de evaluación

D. Sobre los libros y/o capítulos de libro:

b. Caso de libro y/o capítulo de libro editado por una institución peruana, debe ser resultado de una investigación y contar con revisión por pares, para lo cual se debe presentar como sustento la validación o reconocimiento por el Vicerrectorado de Investigación (instituciones universitarias) o instancia de investigación O la que establezca el ROF (instituciones no universitarias), o constancia de revisión por pares.

c. Considera todo libro y/o capítulo de libro editado por una institución peruana que cumpla con una normalización básica (Número ISBN, Número de registro de Depósito Legal, Tabla de contenido, Referencias Bibliográficas).

e. Se considera hasta 10 puntos como máximo en la producción total durante toda la trayectoria del solicitante, incluidos los últimos 3 años.

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